TIERRA Y TERITORRIO DEL PUEBLO INDIGENA
(*)Por: Rubén F. Apaza M.
Durante y después de la invasión, y colonización de América (Abya Yala) fue todo un proceso de transculturización constante. Europa junto con su idioma, religión y técnica de producción de bienes materiales, implanto en gran parte del nuevo continente el sistema social del medio evo del viejo continente.
La organización feudal de la propiedad rural y los deprimentes servicios personales gratuitos, impuestos a los Pueblos IndÃgenas Originarias y sus familias en Suramerica (Tawantinsuyu), no experimentaron ninguna mejorara en sus republicas independientes.
Durante la republica, no seso la concentración de la propiedad de la tierra en pocas manos, hacia 1950 en Bolivia (Kollasuyu) el 4% de los propietarios poseÃan más del 70% del agro – sin variación hasta ahora - con el perjuicio de que varias comunidades IndÃgenas, no afectados en la colonia, fueron avasalladas por nuevas usurpaciones de sus propiedades en complicidad con los Gobiernos a favor de pocas familias extranjeras.
Naciones y pueblos sumidas en el analfabetismo, desnutrición, altÃsimos Ãndices de mortalidad y morbilidad, falto de vivienda, postración, imposibilidad - de hecho - para llegar jamás a adquirir la tierra en que nace, vive y muere, pobreza y obstrucción de cualquier probabilidad de superación, fueron la secuela irreversible del estado servil ¨ de por vida ¨ de los Pueblos Originarios, en una estructura social no solo anacrónica sino antihistórica, que llevo a la paralización de su desarrollo.
Desde una simple visión occidental la propiedad de la tierra pertenece a las personas. Desde la perspectiva IndÃgena; La Tierra, hace referencia al suelo en función de la actividad productiva agrÃcola y ganadera. En cambio Territorio
, se refiere principalmente a la relación existente entre la comunidad indÃgena con la naturaleza, recursos naturales y de tipo espiritual, además el espacio geográfico. Entonces el concepto territorio indÃgena abarca las estructuras sociales y culturales, de apropiación colectiva de espacios y recursos
En este sentido, la Declaración de la Naciones Unidas es útil por la necesidad de proteger los derechos a la tierra y territorio, y a los recursos naturales de los pueblos indÃgenas de manera conjunta a la protección a las instituciones indÃgenas de organización social, polÃtica, económicas, culturales y espirituales. En los artÃculos 26, 27, 28, 29 y 23. Reconoce que los pueblos indÃgenas, tienen el derecho a poseer, desarrollar, controlar y utilizar sus tierras y territorios, los recursos naturales - históricamente titulares - que tradicionalmente han disfrutado, han poseÃdo y ocupado o utilizado de otra forma, incluyendo la herencia de la tierra, gestión de recursos naturales, y el derechos a que los estados adopten medios para prevenir toda ingerencia, usurpación o invasión.
Además de estos reconoce el derecho a los pueblos indÃgenas a la restitución de sus tierras y territorios, por tanto, los recursos que tradicionalmente han poseÃdo y ocupado utilizado de otra forma y que les haya sido confiscados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento expresado con libertad y pleno conocimiento, por otra parte prevé el derecho a una indemnización justa y equitativa.
Estos derechos no tienen una finalidad economisista, sino que se trata de reconocer la intima relación de los pueblos indÃgenas con sus tierras y territorios, relacionados con formas de vida ancestrales, de sobrevivencia y vivencia armónica individual en una sociedad colectiva y Comunitaria.
Se ha considerado de manera errónea que la relación de los pueblos indÃgenas con las tierra es solo para fines productivos (AgrÃcola – Ganadera). Pero, es conocido que las comunidades indÃgenas mantienen vÃnculos mucho más estrechos con la tierra.
Dentro de la visión indÃgena las personas pertenecen a la tierra, de este modo la tierra y el territorio y las comunidades indÃgenas son parte de la misma historia en Tiempo y Espacio – Pachamama y Pachacuti - , de un mismo espÃritu. Por tanto, esa relación no puede garantizarse solo a partir del derecho a la tierra, sino a partir del derecho al Territorio.
El territorio en el cual los pueblos indÃgenas puedan organizar su vida, garantizar la permanencia de su cultura, sus valores, organización y de su subsistencia. Tierra, Territorio y AutonomÃas (Autodeterminación) es una reivindicación antigua e histórica de los pueblos Indoamericanos.
Si se entiende que el territorio es vital para las comunidades indÃgenas, entonces se concluirá que sin territorio no se podrá garantizar los derechos humanos y libertades fundamentales de los Pueblos IndÃgenas Originarios.
La organización feudal de la propiedad rural y los deprimentes servicios personales gratuitos, impuestos a los Pueblos IndÃgenas Originarias y sus familias en Suramerica (Tawantinsuyu), no experimentaron ninguna mejorara en sus republicas independientes.
Durante la republica, no seso la concentración de la propiedad de la tierra en pocas manos, hacia 1950 en Bolivia (Kollasuyu) el 4% de los propietarios poseÃan más del 70% del agro – sin variación hasta ahora - con el perjuicio de que varias comunidades IndÃgenas, no afectados en la colonia, fueron avasalladas por nuevas usurpaciones de sus propiedades en complicidad con los Gobiernos a favor de pocas familias extranjeras.
Naciones y pueblos sumidas en el analfabetismo, desnutrición, altÃsimos Ãndices de mortalidad y morbilidad, falto de vivienda, postración, imposibilidad - de hecho - para llegar jamás a adquirir la tierra en que nace, vive y muere, pobreza y obstrucción de cualquier probabilidad de superación, fueron la secuela irreversible del estado servil ¨ de por vida ¨ de los Pueblos Originarios, en una estructura social no solo anacrónica sino antihistórica, que llevo a la paralización de su desarrollo.
Desde una simple visión occidental la propiedad de la tierra pertenece a las personas. Desde la perspectiva IndÃgena; La Tierra, hace referencia al suelo en función de la actividad productiva agrÃcola y ganadera. En cambio Territorio

En este sentido, la Declaración de la Naciones Unidas es útil por la necesidad de proteger los derechos a la tierra y territorio, y a los recursos naturales de los pueblos indÃgenas de manera conjunta a la protección a las instituciones indÃgenas de organización social, polÃtica, económicas, culturales y espirituales. En los artÃculos 26, 27, 28, 29 y 23. Reconoce que los pueblos indÃgenas, tienen el derecho a poseer, desarrollar, controlar y utilizar sus tierras y territorios, los recursos naturales - históricamente titulares - que tradicionalmente han disfrutado, han poseÃdo y ocupado o utilizado de otra forma, incluyendo la herencia de la tierra, gestión de recursos naturales, y el derechos a que los estados adopten medios para prevenir toda ingerencia, usurpación o invasión.
Además de estos reconoce el derecho a los pueblos indÃgenas a la restitución de sus tierras y territorios, por tanto, los recursos que tradicionalmente han poseÃdo y ocupado utilizado de otra forma y que les haya sido confiscados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento expresado con libertad y pleno conocimiento, por otra parte prevé el derecho a una indemnización justa y equitativa.
Estos derechos no tienen una finalidad economisista, sino que se trata de reconocer la intima relación de los pueblos indÃgenas con sus tierras y territorios, relacionados con formas de vida ancestrales, de sobrevivencia y vivencia armónica individual en una sociedad colectiva y Comunitaria.
Se ha considerado de manera errónea que la relación de los pueblos indÃgenas con las tierra es solo para fines productivos (AgrÃcola – Ganadera). Pero, es conocido que las comunidades indÃgenas mantienen vÃnculos mucho más estrechos con la tierra.
Dentro de la visión indÃgena las personas pertenecen a la tierra, de este modo la tierra y el territorio y las comunidades indÃgenas son parte de la misma historia en Tiempo y Espacio – Pachamama y Pachacuti - , de un mismo espÃritu. Por tanto, esa relación no puede garantizarse solo a partir del derecho a la tierra, sino a partir del derecho al Territorio.
El territorio en el cual los pueblos indÃgenas puedan organizar su vida, garantizar la permanencia de su cultura, sus valores, organización y de su subsistencia. Tierra, Territorio y AutonomÃas (Autodeterminación) es una reivindicación antigua e histórica de los pueblos Indoamericanos.
Si se entiende que el territorio es vital para las comunidades indÃgenas, entonces se concluirá que sin territorio no se podrá garantizar los derechos humanos y libertades fundamentales de los Pueblos IndÃgenas Originarios.
“Los pueblos indÃgenas con titulo o sin titulo es dueño absoluto de su territorio”
¡Territorio o Muerte!
¡Territorio o Muerte!
(*)Estudiante de Ing. Industrial – UMSA
E-mail: ramruddy@yahoo.com
Web Side: www.elcondor.tk
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